El presente informe se adopta en ejercicio de las competencias consultivas en relación con cuestiones que afecten a la competencia, y en particular a la facultad de los distintos departamentos ministeriales de consultar a esta Comisión en materia de competencia, de acuerdo con el artículo 25 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia (LDC).
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