jueves, 4 de septiembre de 2014

AQUÍ NO HAY PLAYA…!





Es un hecho conocido que Sevilla no tiene playa. Aunque algún candidato a la Alcaldía anunció en su programa la creación de una playa para aliviar las altas temperaturas del largo y cálido verano sevillano, era una playa fluvial. Y aunque ya no recordamos si el candidato ganó o no las elecciones, el hecho es que el proyecto nunca tuvo efectividad. 


No es de extrañar por tanto que un Parque Acuático de la ciudad pueda suplir, de algún modo, la ausencia de playa. Y de ahí a publicitarlo, sólo hay un paso. Así lo ha hecho recientemente el Parque Temático Isla Mágica al incluir en su oferta diversas atracciones propias de Parque Acuático, como piscina de olas o toboganes gigantes.


Pues bien, en este contexto, un particular presentó la oportuna denuncia ante AUTOCONTROL al entender que la publicidad era engañosa “por cuanto de su mensaje principal se infiere que la ciudad de Sevilla tiene playa, cuando dicha ciudad carece de litoral”.


La resolución de la Sección Cuarta del Jurado de la Publicidad de Autocontrol, de 8 de julio de 2014, desestima la reclamación por considerar que la publicidad no es engañosa y que cualquier “consumidor medio normalmente informado y razonablemente atento y perspicaz” sabe, por ser notorio, que Sevilla no se encuentra en el litoral y por tanto carece de playa natural, sobre todo en el contexto de la publicidad en la que se aprecian claramente las atracciones propias de un parque acuático.


En definitiva, que, como dice la canción, “aquí no hay playa…”.



JOAQUIN JOSE NOVAL LAMAS

Abogado en el Ilustre Colegio de Abogados de Sevilla.

Socio del despacho Alfil Abogados

Profesor asociado de Derecho Mercantil de la Universidad Pablo de Olavide

Investigador Permanente del SPIC



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