lunes, 3 de noviembre de 2014

PROPIEDAD INTELECTUAL Y NUEVAS TECNOLOGÍAS





El BOCG de hoy publica el texto definitivo de la reforma de la LPI (núm. 86) lo que significa que éste será el que se remita al BOE en los próximo días. Como se sabe y así se expone en el preámbulo del texto,"las medidas que recoge la presente ley se agrupan en tres bloques: la profunda revisión del sistema de copia privada, el diseño de mecanismos eficaces de supervisión de las entidades de gestión de los derechos de propiedad intelectual y el fortalecimiento de los instrumentos de reacción frente a las vulneraciones de derechos que permita el impulso de la oferta legal en el entorno digital". Pero queda pendiente la reforma integral de la LPI para adaptarla a las "necesidades y oportunidades de la sociedad del conocimiento" (DF 4ª).

Una de las medidas más polémicas es la adoptada en el artículo 158 ter (Función de salvaguarda de los derechos en el entorno digital), que al parecer no podrá aplicarse si se tiene en cuenta la jurisprudencia comunitaria (ver esta entrada del blog "Del derecho y las normas").  

Atención también a la progresiva entrada en vigor del contenido de esta reforma (DF 5ª). 

NOTA (5-XI-2014): Publicación en el BOE

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